Internacional: Panamá implementa mecanismo para cancelar el registro de buques incluidos en listas sancionatorias

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La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) estableció un mecanismo legal que permitirá la cancelación inmediata del registro y la patente de navegación de buques de la flota mercante que sean incluidas en listas sancionatorias internacionales. Esta medida, publicada el 18 de octubre de 2024 bajo el Decreto Ejecutivo N°512 en la Gaceta Oficial, también contempla la anulación de cualquier otro documento de navegación emitido por la AMP para dichas naves.

Aplicación del Decreto Ejecutivo N°512

El decreto establece que se procederá a la cancelación del registro de buques o propietarios que aparezcan en las siguientes listas sancionatorias:

  • Listas de Sanciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
  • Lista de Personas y Entidades relacionadas con el terrorismo del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, así como listas de buques designados por sus comités.
  • Listas de Sanciones de la Unión Europea (UE).
  • Lista de sanciones del Reino Unido (UK).

El procedimiento iniciará cuando la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) emita un reporte recomendando la cancelación del registro. Dicha recomendación será evaluada por el Administrador de la AMP, quien deberá autorizar la medida a través de una resolución motivada.

Protección de los derechos de acreedores y prohibiciones adicionales

En los casos donde las naves cuenten con hipotecas registradas en la Dirección General de Registro Público, estas inscripciones se mantendrán vigentes para garantizar que los acreedores puedan ejercer sus derechos. Asimismo, se notificará a las instituciones financieras, como bancos, sobre la situación de los buques involucrados.

El decreto también prohíbe a las Organizaciones Reconocidas por la República de Panamá, o bajo su jurisdicción, ofrecer servicios de clasificación y/o certificación a las naves que se encuentren en proceso de cancelación o que ya hayan sido dadas de baja.

Contexto y alcances de la medida

Es importante destacar que el Decreto Ejecutivo N°512 complementa las normativas ya existentes en Panamá para la cancelación del registro de buques, sin sustituir las medidas previamente establecidas en otras disposiciones relacionadas con su Registro de Buques. 

Fuente: Mundo Marítimo

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