La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) anunció por medio de un comunicado que los terminales del país otorgarán tiempo libre de almacenaje por 15 días, desde el 6 al 20 de abril, a empresas de logística y transporte que están exentas del toque de queda y siguen operando. Esto, como una medida de apoyo a importadores que no puedan movilizar su carga a sus bodegas.
Las condiciones son válidas para contenedores llenos de importación y no aplica a carga refrigerada. En caso de que sea necesario almacenar los contenedores fuera del área operativa del puerto, se cobrará una tasa nominal.
La AMP informó que estas medidas son temporales y que una vez se suspendan los efectos de las restricciones de operación, los beneficios no serán otorgados.
Para el otorgamiento del beneficio, las empresas que no estén exceptuadas en el decreto 507 que declaró toque de queda total, deberán hacer su solicitud al Ministerio de Comercio e Industria. Esta misma entidad enviará la lista de las empresas que tendrán esta prerrogativa y la enviará sistemáticamente a los terminales para mantenerlo actualizado.
Las navieras podrán entregar hasta un máximo de 15 días libre de retención de equipo dependiendo del caso. Además, aquellos clientes que mantengan contratos vigentes con las líneas navieras en los cuales se les otorga más de 15 días libres de retención, se mantendrá vigente lo dispuesto en el contrato correspondiente
Fuente: Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y Mundo Marítimo