Qatar es el Estado número 111 en ratificar el convenio internacional de líneas de carga establecido por la Organización Marítima Internacional (OMI) en relación a la seguridad del buque.
El establecimiento de límites respecto del calado hasta el que se puede cargar un buque contribuye de manera importante a la seguridad de éste.
Esos límites, según detalló la OMI, se establecen en forma de francobordos, los cuales constituyen, junto con la estanquidad a la intemperie y la integridad de estanquidad, el objetivo principal del convenio.
Las reglas del Convenio tienen en cuenta los posibles peligros que surgen en diferentes zonas y en distintas estaciones del año. El Protocolo de 1988 actualiza y revisa el tratado anterior.
El anexo técnico contiene medidas de seguridad adicionales relativas a puertas, portas de desagüe, escotillas y otros asuntos.
Estas medidas ayudan a garantizar la integridad de estanquidad del casco de los buques por debajo de la cubierta de francobordo. Las líneas de carga asignadas deben marcarse a cada lado en el centro del buque.
Fuente: Portal Portuario