Tribunal Arbitral ordenó al contratista el pago de dicha suma por adelantos iniciales y adicionales.
El contratista a cargo del diseño y construcción del Tercer Juego de Esclusas del Programa de Ampliación del Canal de Panamá, Grupo Unidos por el Canal (GUPC) y sus accionistas había interpuesto contra la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) un arbitraje que se llevó a cabo conforme al Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en Miami, EE. UU.
Mediante este arbitraje GUPC solicitó al Tribunal Arbitral que declarara que los Adelantos otorgados por la ACP para la ejecución del Contrato, no habían vencido con lo cual no eran líquidos ni exigibles hasta que la totalidad de sus reclamos fuesen resueltos en arbitraje.
Tras el análisis del caso, la autoridad el organismo arbitral determinó que el GUPC deberá pagar a la ACP los adelantos iniciales por US$547.958.819 y, los adicionales que llegan a US$299.671.507, es decir, un total de US$847.630.327.
De esta manera, la ACP queda autorizada para cobrar de manera inmediata la garantía emitida por UniCredit AG, sucursal de Londres, por US$13.186.719 para garantizar el pago de los intereses generados desde la fecha de vencimiento de los adelantos iniciales hasta el 16 de diciembre de 2018.
La Autoridad del Canal de Panamá no estaba autorizada para retener montos pagaderos a GUPC, relacionados con los servicios de mantenimiento, con lo cual deberá devolverle dichos montos.
En tanto, GUPC, Sacyr S.A., Salini-Impregilo S.p.A., Jan De Nul N.V., Constructora Urbana S.A., y Sofidra S.A. deberán reembolsar a la Autoridad del Canal de Panamá la cantidad de US $395.000 por costas del tribunal y gastos administrativos de la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI.
Además, tendrán que pagarle a la Autoridad del Canal de Panamá US$5,4 millones, correspondientes a costas legales y demás gastos incurridos en el arbitraje.
Fuente: Mundo Marítimo