Luego de haber sido denunciada por espionaje telefónico, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) se deslindó de los hechos en un comunicado difundido en la víspera.
Según consigna La Estrella de Panamá, fue presentada una querella penal en contra de tres funcionarios de la ACP por parte de la Unión de Capitanes y oficiales de Cubierta.
Víctor Martínez, abogado, aseguró que se ordenó la intervención de conversaciones telefónicas tras los hechos de abril pasado. De acuerdo con Martínez los ejecutivos del canal Rogelio Gordón, Max Newman y Esteban Sáenz, Vicepresidente de Operaciones en la ACP, ordenaron la intervención de 10 líneas telefónicas para supuestamente “espiar las conversaciones de los capitanes de remolcador que desde abril mantienen diferencias con la administración de la vía”.
El conflicto surge tras la decisión de la ACP de reducir el personal en los remolcadores durante el tránsito de buques por las nuevas esclusas, según el diario.
“La ACP no intercepta ni realiza espionaje telefónico a sus empleados, tal como ha denunciado irresponsablemente la Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta (UCOC) por intermedio de sus abogados pagados quienes desconocen, o ignoran para su conveniencia, los reglamentos del Canal de Panamá”, detalló la ACP.
Asimismo, indicó que la denuncia se realizó “con el único propósito de distraer a la opinión pública sobre los hechos del pasado 12 y 13 de abril, cuando un grupo de capitanes de remolcador desatendió una instrucción de trabajo y afectó la operación del Canal de Panamá”.
El Manual de Operaciones de la ACP establece, según el comunicado, que las comunicaciones del Canal de Panamá son grabadas continuamente con el fin de asegurar que se preserven con exactitud los hechos importantes relacionados con la operación de la vía acuática, como la reconstrucción cronológica de la información sobre accidentes/incidentes y calidad del servicio a clientes, entre otros.
Este procedimiento viene de hace décadas, fundamentado en el régimen legal especial de la ACP y es ampliamente conocido por todos los trabajadores en operaciones, ya que su fundamento legal está contenido en la Sección 6.16 del Manual de Operaciones de la ACP, que señala que se realizarán las grabaciones tanto en las comunicaciones de radio y teléfonos oficiales, de Tránsito, Puertos, y Esclusas, entre otros.
Adicionalmente, “debemos señalar que así ha sido reconocido por las autoridades competentes, quienes han realizado un análisis legal sobre este tema. Tales autoridades han concluido que las grabaciones se dan en el giro de la prestación del servicio que brinda la ACP, a fin de deslindar responsabilidades y que no se puede enmarcar esta situación en la normativa penal”.
Dichas autoridades señalaron, además, que las grabaciones oficiales son un acto permitido y de uso diario en el canal, motivado por la seguridad propia y conforme a su reglamentación, para el manejo de las comunicaciones internas y no constituyen un acto ilícito.
Fuente: T21