Por: Karla López C.
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La prohibición de transportar fueloil no reglamentario para su consumo a bordo, a menos que el buque esté equipado con un sistema de limpieza de los gases de escape SOx («lavadores», que son los scrubbers o depuradores en español), fue la enmienda complementaria del Convenio MARPOL, aprobada por la Organización Marítima Internacional (OMI). La decisión fue anunciada en la reunión del Comité de Protección de Medio Ambiente (MEPC 73) que culminó el 26 de octubre en la sede de la Organización en Londres.
La instalación de los depuradores en los barcos, es aceptada por los Estados de abanderamiento, como un medio alternativo para cumplir con el requisito del límite de azufre. La enmienda complementaria que respalda la uniformidad de la normativa que establece el límite de contenido de azufre del 0.50 % masa/masa en el fueloil de los buques; entraría en vigor el 1 de marzo de 2020.
La enmienda no genera modificaciones en la fecha de la disposición de la OMI, que rige a partir del 1 de enero de 2020.
Se prevé que muchos buques utilicen las nuevas mezclas de fueloil que serán fabricadas para cumplir con el límite de contenido en el combustible de 0.50%. Actualmente, el límite de contenido de azufre es de 3.50% en todo el mundo.
Además, existe un límite más estricto de 0.10% en las zonas de control de emisiones, designadas por la OMI, que son las siguiente: la zona del mar Báltico, la zona del mar del Norte, la zona de Norteamérica (que abarca zonas costeras designadas en Estados Unidos y Canadá) y las zonas del mar Caribe de los Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos).