La industria marítima se enfrenta cada vez más a la necesidad de abordar los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés) asociados con la selección de astilleros para la reparación o el reciclaje de buques. En un contexto en el cual se han expuesto condiciones deficientes de salud y seguridad, violaciones de derechos laborales y daños ambientales alrededor del mundo, la atención pública hacia las normativas medioambientales y las condiciones laborales en estos lugares aumentó significativamente.
Como respuesta a estas preocupaciones, Gard ofrece una serie de orientaciones adicionales destinadas a ayudar a los armadores a identificar opciones más sostenibles al seleccionar astilleros.
Para tener en cuenta…
Entre las posibles repercusiones negativas asociadas con la elección de astilleros se incluyen normas de salud y seguridad deficientes, falta de formación y equipo adecuado para los colaboradores, y explotación de trabajadores temporales y migrantes, entre otros. Estos problemas no solo plantean riesgos para la seguridad y el bienestar de los empleados, sino que también generan preocupaciones sobre la sostenibilidad y el respeto de los derechos humanos en la industria.
Gard aconseja a los armadores que lleven a cabo investigaciones exhaustivas sobre los posibles astilleros antes de tomar una decisión. Recomiendan incluir un cuestionario detallado en el proceso de licitación o solicitud de presupuesto de reparación, el cual debería abordar temas como:
1. Sistema de Gestión de Calidad (SGC), como la certificación ISO 9001 u otros estándares equivalentes.
2. Sistema de Gestión Medioambiental, como la certificación ISO 14001 u otras normativas equivalentes.
3. Gestión de Salud y Seguridad (HSE), que puede incluir certificaciones como ISO 45001, OHSAS 18001, o normativas específicas de la OIT relacionadas con la seguridad y salud en la construcción y reparación naval.
4. Política de responsabilidad social de la empresa, como la certificación ISO 26000 u otros estándares equivalentes.
5. Código de conducta empresarial relativo a la lucha contra la corrupción, el soborno y el blanqueo de dinero.
Fuente: Mundo Marítimo