Ecuador sigue coordinando con Corea del Sur la fecha para firmar el acuerdo comercial en medio de un proceso electoral para el cambio de Gobierno.
Estas negociaciones comerciales se cerraron en abril pasado y está pendiente su suscripción, que se prevé concretar entre septiembre y octubre en que aún estará en funciones el presidente Guillermo Lasso. Lo que quedará para el próximo Gobierno será el trámite interno para la ratificación de este acuerdo comercial en la Corte Constitucional y la nueva Asamblea Nacional, cuyos nuevos integrantes ya se eligieron en las elecciones del 20 de agosto pasado.
El mandatario aplicó la muerte cruzada en mayo pasado por lo que se adelantaron las elecciones. Ahora hay dos candidatos finalistas para sucederlo en el cargo.
“Los resultados de la primera vuelta electoral no han modificado los trabajos para impulsar la agenda comercial y seguimos coordinando con las autoridades de Corea del Sur la mejor fecha para el cierre del acuerdo”, informó el Viceministerio de Comercio Exterior. Esto al explicar que la agenda comercial del Ecuador es una política que se ha diseñado e impulsado más allá del gobierno de turno, y que se inició desde el 2014 con el Acuerdo con la Unión Europea (UE) y ha continuado con los acuerdos comerciales con EFTA, Reino Unido, Chile y en estos últimos dos años con Costa Rica, China y Corea del Sur.
Así se dejará activa una agenda para continuidad del próximo Gobierno, aseguró el Viceministerio que forma parte del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.
Al momento se trabaja en aspectos de carácter procedimental propios de estos procesos. “Revisiones jurídicas, traducciones al coreano y español, en función de los procesos internos y los tiempos que tiene cada parte en esta fase del proceso”.
Al consultarle al Viceministerio de Comercio Exterior sobre qué parte de este acuerdo tendrá que culminar el régimen que tome la posta a Lasso, respondió que ninguna, pues esta administración entregará el acuerdo para que el próximo gobierno inicie los procesos internos de ratificación a nivel de Corte Constitucional y Asamblea Nacional.
Este Gobierno firmó un acuerdo con Costa Rica en marzo y este documento tuvo el 28 de julio el dictamen de la Corte Constitucional que declaró la constitucionalidad del acuerdo comercial, siempre y cuando se subsanen ciertos artículos contrarios a la Constitución, sobre todo en el tema de protección de inversiones.
Con China se suscribió el acuerdo comercial en mayo y el pasado 9 de agosto la Corte Constitucional determinó que requiere de aprobación legislativa antes de su ratificación por parte del presidente de la República y dispuso la publicación del texto íntegro del acuerdo en el Registro Oficial para que, dentro del término de diez días contados a partir de dicha publicación, cualquier ciudadano intervenga defendiendo o impugnando su constitucionalidad parcial o total.
La publicación se cumplió este lunes 28 de agosto. El dictamen de la Corte Constitucional y el tratado constan en el Registro Oficial en la Edición Constitucional n.° 261.
“En este primer momento de control constitucional previo a la ratificación de los tratados internacionales, corresponde a la Corte Constitucional determinar si para la ratificación del Tratado se requiere o no de aprobación legislativa”. Y “al encontrarse incurso en los casos previstos en el artículo 419 (de la Constitución), numerales 3 y 6, requiere de aprobación legislativa antes de su ratificación por parte del presidente de la República”, menciona el análisis realizado en la Corte Constitucional.
El dictamen fue aprobado con cinco votos a favor de los jueces Karla Andrade, Enrique Herrería, Teresa Nuques, Richard Ortiz y Daniela Salazar, “sin contar con la presencia de Alejandra Cárdenas, Carmen Corral, Jhoel Escudero y Alí Lozada, por uso de licencias por vacaciones”.
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional en su artículo 110 establece que los tratados internacionales que requieran aprobación legislativa tendrán un control automático de constitucionalidad antes de su ratificación y de iniciarse el proceso de aprobación legislativa. Y siguiendo el artículo 111 (numeral 2, literal b) de esa ley la Corte Constitucional dispuso la publicación del texto del tratado en el Registro Oficial y en el portal de esta Corte para que, dentro del término de diez días contados a partir de su publicación, cualquier ciudadano intervenga defendiendo o impugnando su constitucionalidad parcial o total.
Negociaciones que quedarán para el próximo Gobierno
El Viceministerio de Comercio Exterior indica que el próximo Gobierno deberá continuar las negociaciones con Canadá, las cuales están programadas para que se inicien de manera oficial en enero o febrero del 2024.
De igual forma le corresponderá a la nueva administración asumir las negociaciones con República Dominicana y Panamá, “procesos sobre los que dejaremos aprobada una hoja de ruta”, refiere la entidad. (I)
Fuente: Diario EL UNIVERSO